jueves, abril 12, 2007

¡BASTA YA DE TANTAS MENTIRAS!

“Ningún Congreso salvó una república”
Manuela Sáenz


Durante un par de semanas hemos sido bombardeados por publicidad contratada en los medios de comunicación, por uno de los partidos políticos de la actual oposición, la Unión Demócrata Cristiana (UDC), antes denominado Democracia Popular, promocionando el voto por el NO en la consulta popular que se efectuará este domingo 15 de abril.
La Constitución Política vigente garantiza en su artículo 23 numeral 9, en su primer inciso, la libre expresión, tal como lo cito a continuación: “Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá y garantizará a las personas los siguientes: (…) El derecho a la libertad de opinión y de expresión del pensamiento en todas sus formas, a través de cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de las responsabilidades previstas en la ley.” Y el Art. 117 indica: “Los partidos y movimientos políticos que no participen del gobierno, tendrán plenas garantías para ejercer, dentro de la Constitución y la ley, una oposición crítica, y proponer alternativas sobre políticas gubernamentales. La ley regulará este derecho.” Por lo tanto en este caso la UDC, está avalada por la Carta Magna para manifestar sus criterios, toda vez que cumpliendo con la Ley Orgánica de Elecciones y la normativa electoral vigente, inscribieron legalmente al tesorero de campaña ante el organismo pertinente, esto es, el Tribunal Supremo Electoral.
Sin embargo, representantes de este partido político y de otros sectores, han desfilado en todos los sets de televisión, cabinas de radio, páginas de periódicos, hojas volantes y demás, tanto como han solicitado y les han dado cabida; divulgando, además de sus criterios de oposición a una Asamblea Constituyente, una serie de mentiras y rumores, y yo me cansé ya de tantas mentiras, y no creo en cucos desde hace muchos años.
La pregunta que debemos responder positiva o negativamente el 15 de este mes, dice así: “¿Aprueba usted que se convoque e instale una Asamblea Constituyente con plenos poderes, de conformidad con el Estatuto Electoral que se adjunta, para que transforme el marco institucional del Estado, y elabore una nueva Constitución?” Es a este cuestionamiento que debemos responder. Los opositores afirman que hay gato escondido en la redacción del estatuto, yo no lo he encontrado ni una pata de tal felino oculto en dicho texto. A las pruebas me remito.
El Art. 1 del Estatuto de Elección, Instalación y Funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente establece:
“DE LA NATURALEZA Y FINALIDAD DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE. La Asamblea Constituyente es convocada por el pueblo ecuatoriano y está dotada de plenos poderes para transformar el marco institucional del Estado, y para elaborar una nueva Constitución. La Asamblea Constituyente respetará, profundizando en su contenido social y progresivo, los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas. El texto de la Nueva Constitución será aprobado mediante Referéndum Aprobatorio.
La transformación del marco institucional del Estado y la nueva Constitución, sólo entrarán en vigencia con la aprobación en referéndum, de la nueva Constitución.”
El Art. 23 del mismo estatuto indica lo siguiente:
“DEL REFERÉNDUM APROBATORIO. Una vez aprobado el texto de la nueva Constitución y dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes, el Tribunal Supremo Electoral convocará a un referéndum, para que el pueblo ecuatoriano apruebe o rechace el texto de la nueva Constitución por, al menos, la mitad más uno de los sufragantes.”
Algunos de los opositores nos quieren confundir al decirnos que el artículo 23 se refiere a que en el referéndum sólo se pondrá a consideración el texto de la nueva Constitución, y que si la Asamblea Constituyente reforma el marco institucional del Estado, eso no se consultaría al pueblo, y que en eso radicaría el mayor peligro de la labor de la Asamblea.
Ahora bien, muchos se preguntarán, qué comprende el marco institucional. El marco institucional abarca la estructura, integración y funcionamiento del Gobierno Central, del Congreso, de las Cortes de Justicia, de los tribunales electorales, de los consejos provinciales, de los municipios, de la Procuraduría, la Contraloría, la Fiscalía, las Superintendencias, de los organismos públicos como el Consejo Nacional de la Judicatura, la Defensoría del Pueblo, la Comisión Cívica de Control de la Corrupción, de las fundaciones y corporaciones creadas por los municipios o los consejos provinciales, para administrar algún servicio público; además abarca la organización territorial, pudiendo acoger las autonomías regionales.
Cuando esos ciudadanos nos dicen que tengamos cuidado con el artículo 23 del estatuto, ¿será acaso que no saben leer o que pretenden engañarnos?; porque claramente se entiende en el artículo 1 que tanto el texto de la nueva Constitución como todos los cambios que se realicen al marco institucional, sólo y únicamente regirán si la mitad más uno de TODOS los sufragantes lo aprueban. Esto no es pérdida de tiempo, simplemente democracia, que tal como su etimología lo expresa es el poder del pueblo (demos = pueblo, kratos = poder).
En el segundo inciso del artículo 1 de la Constitución Política de la República del Ecuador se establece que “La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es la base de la autoridad, que ejerce a través de los órganos de poder público y de los medios democráticos previstos en esta Constitución.” La consulta popular o referéndum es una de las formas democráticas que la Carta Magna pone a disposición del soberano, podemos encontrarla desde el Art. 103 hasta el 108.
No intenten asustarnos con cucos viejos, basta ya de imágenes que sólo intentan manipularnos con ideas tales como guerra civil, salida de la dolarización, caos absoluto en la república, etc. La oposición tiene derecho de expresar lo que piensa, pero que argumenten y fundamenten adecuadamente sus opiniones. Que nos digan la verdad.
En lo personal, no creo que esa Asamblea Nacional Constituyente, en caso de que efectivamente se instale y trabaje, proponga la salida de la dolarización; sin embargo, ya que estamos en el país del ridículo, donde todo es posible, si llegara a darse ese absurdo, simplemente podemos votar por el NO en el referéndum aprobatorio que se convocará ineludiblemente, luego de culminado el plazo de duración de la Asamblea.
Cada ciudadano ecuatoriano apto para sufragar, puede escoger libremente cuál será su pronunciamiento en las urnas, sea por el SI o por el NO; la oposición tiene la obligación moral y el derecho legal de criticar al gobierno, pero además de proponer alternativas y educar al pueblo, no asustarlo.
¿Dónde está el gato escondido? No puedo evitar recordar aquella frase que se ha popularizado en el país a propósito de la crisis de la Función Legislativa, NO MAS QUESO A LAS RATAS DEL CONGRESO. ¿Será acaso que por eso tienen pesadillas con los gatos? Sólo el tiempo lo dirá y la historia lo juzgará.
VOTA SI, VOTA NO, TU DECIDES. ACUDE A VOTAR.

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12 Comments:

Blogger Manuel Miranda said...

Aunque la Constitucion Ecuatoriana no lo diga, las Asambleas Constituyentes son DE PLENOS PODERES, todo lo que emanen de estas ES LETRA CONSTITUCIONAL, asi de sencillo.

REFORMA CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR: LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE Y SUS PLENOS PODERES.

http://manuel-miranda.blogspot.com/2007/02/reforma-constitucional-del-ecuador-la.html

En cuanto a la convocatoria, los partidos politicos o quien este a favor o en contra, deben alegar las razones por las cuales se encuentren a favor o en contra, ejemplo:

No estoy a favor: Pues la Constitucion se encuentra completa por esto y aquello.

Estoy a favor: Porque a la Constitucion le falta aquello.

Aunque para este humilde servidor, lo importante es QUE SE CUMPLA el contenido de la misma, que no sea LETRA MUERTA.

9:42 p. m., abril 12, 2007  
Blogger Norka Freire Alvarez said...

Es que precisamente la doctrina es la que permite conocer la naturaleza y funciones de una Asamblea Constituyente, como su nombre mismo lo indica, el Poder es originario, por lo tanto puede cambiar el marco institucional de un estado que no es otra cosa que el Poder constituido.

4:25 p. m., abril 13, 2007  
Blogger Manuel Miranda said...

Esa es la idea, esperemos que los Asambleistas tomen decisiones conscientes y responsables. Creo que la eleccion de la Constituyente es un hecho y de ahi mi exhortacion

5:01 p. m., abril 13, 2007  
Anonymous Anónimo said...

Norka:

Yo no sé de qué dimensión paralelepípeda sacaste el estatuto con ese artículo 23. El estatuto que está en la página del TSE dice así:

ARTÍCULO 23.- DEL REFERÉNDUM APROBATORIO. Una vez aprobado
el texto de la nueva Constitución y dentro de los cuarenta y cinco (45)
días siguientes, el Tribunal Supremo Electoral convocará a un referéndum,
para que el pueblo ecuatoriano apruebe o rechace el texto de la
nueva Constitución por, al menos, la mitad más uno de los sufragantes
.

No veo que diga nada sobre la transformación del marco institucional. Aquí hay un artículo al respecto.

Si el estatuto del TSE no miente supongo que las equivocadas son tus fuentes. O tal vez, sólo tal vez, a ti se te "olvidó" ese pequeño detalle.

10:45 p. m., abril 14, 2007  
Anonymous Anónimo said...

A propósito del tema del gato encerrado: es justamente que la asamblea no sea únicamente para transformar la Constitución sino para también transformar el marco institucional de Estado, el mismo que sobreentendidamente se transformará con la nueva Constitución, la misma que sólo se aprobará con el referendum... O sea, esa redundancia dispara hacia un blanco equivocado. En ninguna parte dentro del estatuto queda claro si son dos cosas diferentes. Ese artículo 23 no reafirma lo otro, pero tampoco lo invalida realmente. Esa falta de claridad ya supone además una revisión que nucna se hizo. ¿Cómo se puede aceptar algo así?

1:03 a. m., abril 15, 2007  
Blogger Presi. de la Rep. de a un Yorch said...

viva la expresion, viva !

5:45 a. m., abril 15, 2007  
Blogger Norka Freire Alvarez said...

Se ve que mi amigo visitante del blog, schiz cum snake, no leyó bien mi artículo, ese es el problema cuando las personas tenemos prejuicios o ideas preconcebidas respecto de algín tema en particular, sin embargo voy a aclararte el tema, ojalá hayas leído bien el estatuto ayer antes de emitir tu voto.
Es en el artículo 1 donde dice claramente que la asamblea podrá redactar una nueva constitución y transformar además el marco institucional. También en ese artículo se establece que los cambios únicamente regirán después de su aprobación a través de un referéndum.
Si lees el diario el universo del día de hoy, podrás encontrar entre las declaraciones del Ab. Jaime Nebot, Alcalde de Guayaquil, quien no es partidario del gobierno, que él también leyó el estatuto y explica este asunto del referendum aprobatorio, igual que como lo expuse en mi artículo.
Para aclarar aun más cómo redacté mi artículo de opinión, te digo dos cuestiones; primero no me saqué los artículos del estatuto de ninguna dimensión sino del estatuto que estaba impreso en las papeletas con las que votamos ayer; segundo, no sé si tu habrás estudiado las leyes, la Constitución, de ser así, te pediría que revises una vez más tus conocimientos legales, en caso contrario, intenta profundizarlos. Así ganarás mucho, y ganarás más si antes de expresar tus opiniones respecto a cualquier tema, lees bien, de ser así sabrías la diferencia entre transformar el marco institucional, elaborar una nueva constitución y cuál es el poder constituyente u originario que da paso a la asamblea.
Gracias por tus comentarios!

10:57 a. m., abril 16, 2007  
Blogger Presi. de la Rep. de a un Yorch said...

nada en este mundo es absoluto, la verdad es una gran mentira y el dinero es el perfecto ladron.

10:50 a. m., abril 17, 2007  
Anonymous Anónimo said...

Norka te amo, si supieras como mi corazon late cada vez que te veo por lo corredores da la u.Espero que nuestras miradas choquen y me des una sonrisa para que me alegres el día. Te amo

5:53 p. m., julio 15, 2007  
Blogger Manuel Miranda said...

Anonimo
Cualquiera se queda prendado de las virtudes propias de una Diva de nuestra colega Norka.

Me ha preocupado que no este actualizando, espero que no este enfermita y que la ausencia sea por estar muy ocupada haciendose rica monetariamente.

Es decir, bella, culta, talentosa y rica

MI MADRE!!

Regresando al tema de la Constituyente, un amigo me decia que "eso no sirve" pues a quienes se eligen para las Constituyentes son los mismos personajes de la politica subordinados a unos partidoos o intereses grupales.

Me decia que la proporcion de asambleistas queda siempre semejante a la proporcion en simpatias que le dan las encuestas a los partidos politicos.

El opta por el "consenso" y no estar gastando dinero y tiempo en pendejadas...

Que me dices?

5:49 p. m., agosto 02, 2007  
Blogger Norka Freire Alvarez said...

Hola Manuel, en realidad he estado ocupada escribiendo, pero sin publicar, mas no te preocupes que pronto actualizare mi blog con algunas ideas nuevas. Gracias por tu preocupación y visita.

Respecto al tema de la Asamblea Constituyente, creo que un país como el Ecuador debe reformular el contrato social que lo mantiene unido para sentar bases sólidas que le permitan progresar.
Definitivamente una Asamblea Constituyente no es el único camino para lograr tal propósito, pero la en la realidad era el más viable.
De todos depende que no vayan los mismos de siempre, que no vuelvan los viejos políticos, o nuevos bajo su amparo, a jugar con las ilusiones de un pueblo. ¿Cómo? Pues empezando por uno mismo, preocúpándose de obtener información de propuestas y propiciando el debate de ellas en los círculos en que nos desenvolvemos. Ya basta de vivir buscando culpables, porque no basta con no ser parte del problema, hay que procurar ser parte de la solución.

Por último agradezco los halagos, aunque para ser honesta no me agradan tanto. Prefiero que se comenten mis ideas. Y les agradezco por contribuir a eso.

4:29 p. m., agosto 03, 2007  
Blogger Manuel Miranda said...

Ta bien ta bien, jajaja

Cero halagos.

No porque no los tienes merecidos, eso es muy poco, sino porque no te gustan. (ni a tu pareja tampoco, jajajaj)

Chao y espero por tus proximos temas

10:14 a. m., agosto 07, 2007  

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